Sin justicia: le dan la espalda a las víctimas de la masacre de Dos Erres
Los jueces del Tribunal de Mayor Riesgo E consideraron que la acusación del Ministerio Público (MP) no estaba bien sustentada y declararon inocentes a los exkaibiles José Mardoqueo Ortiz, Gilberto Jordán y Alfonso Bulux Vicente de haber participado en la masacre en Las Dos Erres, en La Libertad, Petén, en 1982.
Los hermanos Raúl de Jesús, María y Sandra Gómez acudieron la tarde del 7 de noviembre a la sala de audiencias ubicada en el sexto nivel de la torre de Tribunales, para escuchar la sentencia por el caso de la masacre de 200 personas en el parcelamiento Las Dos Erres, ocurrida en diciembre de 1982. Sin embargo, no encontraron la justicia que esperaban.
María lloró cuando escuchó al juez vocal Otoniel de León absolver de los delitos de asesinato y delitos contra los deberes de la humanidad a los tres exkaibiles, José Mardoqueo Ortiz, Gilberto Jordán y Alfonso Bulux Vicente y declarar su libertad.
La Fiscalía de Derechos Humanos del MP los acusó de ser parte de la patrulla élite kaibil que los días 7 y 8 de diciembre de 1982 asesinaron con saña a 200 pobladores incluyendo niños del parcelamiento Las Dos Erres, ubicado en La Libertad, Petén, por considerar que la aldea era afín a la guerrilla. También, según los hechos recogidos, violaron a niñas y adolescentes.
La Fiscalía había pedido 2 mil 60 años de prisión en contra de los tres exkaibiles, quienes mientras escuchaban la lectura de la sentencia, se hincaron, rezaron y mantenían la cabeza agachada. Cuando escucharon la parte conclusiva de la resolución, Mardoqueo Ortiz lloró y alzó las manos.
Los hermanos Gómez reaccionaron de otra manera. Sandra rompió a llorar y le gritó a los jueces: “Corruptos, hagan justicia, no sean corruptos, no es justo que ellos queden en libertad”. En tanto señaló a los tres exkaibiles indicando que “Gilberto Jordán en 2012 declaró que él había tirado al pozo al primer niño y ahora lo dejaron en libertad, él mismo con su boca lo dijo”.
Sandra se refería a una declaración que Jordán hizo en un tribunal de Fort Lauderdale, en Florida EE.UU., en 2010, cuando fue procesado por haber conseguido la ciudadanía de forma anómala, al haber mentido sobre su participación en la masacre.
En su declaración jurada, el militar retirado admitió que la primera persona que mató en el parcelamiento era un bebé, a quien arrojó dentro de un pozo, según recogió el medio Prensa Libre.
Otra de las víctimas presentes en la sala señaló que dos de sus hermanas fueron asesinadas en la masacre. “Quedé huérfana a los 17 años, sin casa y sin familia”, exclamó.
Tribunal señala inconsistencias de la acusación del MP
El juicio, que comenzó el 11 de abril, estuvo a cargo del Tribunal de Mayor Riesgo “E” presidido por la jueza Abelina Cruz Toscano e integrado por los vocales Otoniel de León y Alida Mariluz Valenzuela Woltke.
Desde el inicio de la lectura de la sentencia, el argumento de los jueces fue tachar a los peritos presentados por la Fiscalía de Derechos Humanos de estar parcializados o de “no tener la experiencia requerida”.
La jueza Valenzuela leyó un párrafo donde indicó que el sociólogo y profesor investigador de la universidad Iberoamericana de México, Manolo Vela tenía elementos contradictorios en su peritaje y “nota que no tenía la experiencia requerida”, señalando al experto de identificar a uno de los acusados con el nombre “Alonso” cuando ese no era su nombre.
Vela fue llamado como perito en este caso en donde ha declarado como experto desde 2012 e incluso escribió el libro Los pelotones de la muerte. La construcción de los perpetradores del genocidio guatemalteco (2014), en el que emplea el caso de masacre de las Dos Erres.
Sobre el peritaje de la psicóloga Nieves Gómez Dupois la jueza dijo que “claramente reveló ciertos sesgos, ya que en sus peritajes se refería al impacto psicosocial por las violaciones de derechos, pero siempre se enfocó en la niñez y adolescencia, en este caso hay que tomar en cuenta que también había personas adultas, por lo cual se puede determinar que su peritaje tiene un sesgo hacia un sector de la población”.
De la abogada y perito María Eugenia Solís, el tribunal dijo que demostró “falta de objetividad”. Solís declaró sobre Perspectiva de Género, Derechos de las Mujeres y Derechos Humanos.
El tribunal también señaló que la identificación de las víctimas se hizo de manera antropológica y no genéticamente, con lo cual “denota inconsistencia” e indicó que se inobservó lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en cuanto a que el Estado debe identificar a los fallecidos de manera concreta, “circunstancia que no hace el MP en este caso”.
Una inconsistencia que fue señalada por los jueces es que la identidad de una de las personas identificadas por medio de ADN no coincide con la que estaba en la lista de las 200 personas que el MP refiere fueron asesinadas en la masacre, pues esta persona es citada como Cristina Castillo Flores y Cristina Castillo Alfaro “con lo cual deja en incertidumbre quien fue la persona que se identificó”.
Castillo Alfaro aparece en el listado de 200 fallecidos en tanto en el registro de defunción del RENAP se menciona que Castillo Flores falleció en 2013, año que no encaja en el tiempo cuando ocurrieron los hechos.
Sin embargo, la defensa señala que esa fue la fecha en que el Registro Nacional de Personas (RENAP) registró su defunción. Por otro lado, el MP tomó la declaración de los sobrevivientes, ninguna de las cuales estuvo en la masacre pues solo hubo dos testigos presenciales ya que todos los habitantes fueron masacrados.
Los hechos sucedieron hace más de 40 años por lo que es difícil que las víctimas recuerden con precisión los apellidos, por lo que la Fiscalía tomó los distintos nombres que los testigos brindaron.
Quien fue más enérgico y trató de justificar la sentencia fue el juez Otoniel de León, quien antes de comenzar a leer la parte de la resolución que le correspondía y tratando de anticiparse a lo que sería la resolución opinó “ante la sociedad la vista siempre está ante los juzgadores y bajo esa circunstancia hay un 50 % de probabilidad de que la gente esté inconforme y otro 50 % de que la gente esté inconforme, si se condena a los agraviados dicen que se hizo justicia, si se absuelve, los agraviados dicen que se hizo injusticia”.
Incluso el Tribunal ilustró que una de las víctimas, Albino Israel González Carías, identificado de manera antropológica, por medio de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) era militar. “Esta persona era soldado, significa que en esa fosa había al menos un militar”, indicó De León. “Bajo esa circunstancia no eran solo civiles quienes estaban en la fosa, deja en entredicho que de los 200 había un militar”, agregó. Según la defensa, este tema no era relevante en la acusación.
El juez insistió en mostrar en la pantalla los documentos de prueba que valoraron para emitir su resolución y en repetidas ocasiones señaló que cometerían prevaricato si emitían una sentencia condenatoria basado en hechos falsos, citando el caso de Israel Medrano, quien aparece como fallecido en 1982 y de quien la prueba otorgada por el MP constata que murió en 2013, según la defunción emitida por el RENAP.
“Incurrimos en dictar una sentencia con hechos falsos, eso es prevaricato, pero es solo para el juez, ¿y eso es lo que quieren? Es muy difícil”, dijo el juez sobre la petición del MP y querellantes.
La identificación antropológica de las víctimas fue realizada por la FAFG la cual se realiza por medio de la vestimenta o rasgos únicos, como los dientes. De las 200 personas masacradas, solo 25 pudieron ser identificadas genéticamente y de manera antropológica.
“Si algo nos llega a pasar, los jueces tienen la culpa”
Se trata del cuarto juicio en contra de miembros de la patrulla élite Kaibil del ejército que perpetró la masacre en diciembre de 1982. En el mismo hubo 26 testigos propuestos por la Fiscalía, tres de ellos son los hermanos Gómez quienes pudieron acudir la tarde del martes a la Torre de Tribunales porque son quienes viven más cerca de la capital.
Ellos perdieron a 14 familiares en la masacre, incluyendo a su hermano mayor, dos tíos y esposas y primos. “Nosotros queremos justicia, no nos van a devolver a nuestra familia, pero que ellos sean castigados por los errores que cometieron”, indicó María.
Los hermanos no pudieron ocultar su frustración ante la sentencia de los jueces e incluso recordaron que Bulux Vicente fue una de las personas que llegó a su vivienda ubicada a 4 kilómetros de Las Dos Erres, ya que vivían en su parcela. Los hincaron por cinco horas y media e incluso les pusieron un arma en la boca, según su testimonio.
Los soldados se marcharon con la promesa de que regresarían pero ellos huyeron esa misma noche a Las Cruces, donde permanecieron por un mes esperando que su hermano apareciera. Cuando eso no ocurrió migraron a la ciudad capital.
Su hermano Raúl de Jesús, también testigo, dijo haber reconocido a Bulux Vicente el día de la sentencia y lo señaló al terminar la audiencia. Si bien él testificó no pudo reconocer a Bulux cuando declaró pues los acusados solo estuvieron presentes de manera virtual. Para él, los jueces cometieron perjurio.
Según Raúl, la masacre truncó sus vidas. “Me da tristeza todo los que nos hicieron, no tuviéramos necesidad de andar así”, dijo en referencia a su situación económica. A sus 24 años era propietario de dos caballerías de tierra, aproximadamente 88 hectáreas y planeaba comprar otras cuatro, porque tenía los medios. “Pero todo se nos truncó por estos ingratos”, señaló.
Por la masacre sus padres tuvieron que venir a la ciudad capital y vendieron verduras en La Terminal. “Cuando venimos aquí (a la ciudad) éramos unos niños y no teníamos nada”, recordó Sandra entre lágrimas. Raúl recuerda que se fue a Palencia “a arrancar papa, a deshojar maíz” y luego a Chiquimulilla, Santa Rosa, donde desempeñó varios trabajos en el campo, sin embargo no le fue bien pues ni siquiera le pagaron los ocho meses que laboró.
Ahora que Bulux Vicente, Jordán y Ortiz quedaron libres, los hermanos temen por su seguridad. “Si algo nos llega a pasar a nosotros los jueces tienen la culpa, por ser corruptos y no cumplir con la ley”, concluyó Sandra.
Defensa analiza apelación
Javier García, del Bufete Jurídico de Derechos Humanos, dijo que la resolución del Tribunal es una falta a los compromisos internacionales que el Estado voluntariamente ha suscrito para juzgar estos hechos de graves violaciones a los derechos humanos.
Según García, el tribunal dejó por un lado las declaraciones de las víctimas, que obviamente no estuvieron presentes en los hechos, “porque hubieran sido parte del listado de 200 personas víctimas que fueron masacradas”.
García añadió que las actitudes del Tribunal desde un inicio se encaminaron a lograr una sentencia absolutoria, “enfocada en formalismos innecesarios para quitar algunos peritajes”. El equipo legal analizará si apelará la sentencia, que puede hacerse a 10 días de recibir la resolución.
La sentencia del Tribunal de Mayor Riesgo E, que ha emitido otras resoluciones cuestionadas como la que favoreció a Sergio López Villatoro, “Rey del Tenis”, ocurre en un momento de persecución en contra de operadores de justicia y de retroceso en varios casos de justicia transicional que busca juzgar delitos cometidos durante el conflicto armado.