Crédito Red Lésbica Cattrachas

Corte IDH condena al Estado de Honduras por el transfemicidio de Leonela Zelaya

Escrito por Ruda

El fallo de la Corte IDH no solo establece un precedente clave en el reconocimiento de los derechos de las personas trans en Centroamérica, sino que también expone las consecuencias de la violencia institucional, la discriminación y la impunidad sostenida por décadas.

Por Ruda

La comunidad LGBTIQ+ de Honduras logró un hecho histórico el pasado 19 de enero. Ese día la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable a nivel internacional al Estado hondureño por la detención arbitraria y la falta de debida diligencia en la investigación del transfemicidio de Leonela Zelaya, y otras graves violaciones a los derechos humanos y de protección judicial de su hermana social, Thalía Rodríguez con quien vivió durante nueve años y quien también era una mujer trans.

Leonela era una mujer trans, trabajadora sexual con VIH que vivía en condiciones de pobreza. Su caso obtiene un paso hacia la justicia después de casi 22 años de su transfemicidio. La Corte IDH determinó que en 2004 fue detenida ilegal y arbitrariamente en tres ocasiones entre el 20 de enero y el 2 de septiembre por agentes estatales, sin motivación objetiva ni justificación adecuada.

La noche del 6 de septiembre, cuatro días después de su detención a manos de agentes policiales, salió a trabajar, pero no regresó. Su cuerpo fue hallado la madrugada del 7 de septiembre en la vía pública en Comayagüela. Tenía 34 años. El informe forense determinó que fue asesinada con arma blanca.

Su identidad de género no fue respetada ni después de su transfemicidio. Su cuerpo permaneció en el suelo sin ser retirado por las autoridades y, además, fue registrada como “una persona de sexo masculino de nombre desconocido (homosexual)”.

En la sentencia, la Corte concluyó que el Estado incurrió en graves deficiencias en la investigación de su muerte al no identificarla adecuadamente, no documentar la escena donde se encontró su cuerpo, omitió recabar testimonios relevantes, no exploró hipótesis vinculadas al contexto de violencia contra mujeres trans, ni consideró la identidad de género de Leonela como posible móvil del crimen. Agregó que el Estado hondureño también excedió el plazo razonable en la investigación.

“Estas omisiones, a juicio de la Corte, vulneraron los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Thalía Rodríguez (…) que sufrió una afectación a su integridad personal como consecuencia de la demora injustificada y la falta de debida diligencia reforzada en la investigación. Según la Corte, tales sufrimientos fueron acreditados por la naturaleza del vínculo, por el hecho controvertido de que Thalía Rodríguez asumió la reclamación del cuerpo, los servicios funerarios y la búsqueda de justicia en un contexto de discriminación hacia mujeres trans, y porque la falta de esclarecimiento generó en ella sentimientos de inseguridad, frustración e impotencia”, manifestó la Corte- IDH a través de un comunicado en donde explica por qué declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación del derecho a la integridad personal de Thalía Rodríguez.

“Una victoria largamente esperada para las mujeres trans”

Previo a la sentencia de la Corte IDH se realizó la audiencia pública el 25 de marzo de 2025, en San José de Costa Rica. En esa ocasión, durante su intervención, Indyra Mendoza de la Red Lésbica Cattrachas afirmó que el transfemicidio de Leonela no fue un caso aislado, sino parte de una estructura de persecución- asesinato que refleja el desprecio institucionalizado hacia las personas sexogénero diversas.

La Red Lésbica Cattrachas y el Robert & Ethel Kennedy Human Rights Center denunciaron que Leonela también fue golpeada, insultada y humillada por su identidad de género y su condición de trabajadora sexual. Ambas organizaciones co-litigaron su caso.

“El expediente del caso desapareció por 14 años. Solo tras la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Estado se vio obligado a solicitar que nosotras las peticionarias le proporcionáramos el expediente, ya que no lo habían encontrado. La respuesta del Estado en 2018 fue retribuirle el asesinato a otra mujer trans que ya está fallecida”, dijo Mendoza el pasado 25 de marzo.

Por su parte, en esa audiencia, el Estado hondureño hizo un reconocimiento parcial de su responsabilidad. Aceptó haber fallado en proteger y garantizar los derechos de Leonela, pero no se declaró responsable por la vulneración a la vida y la libertad personal de la víctima.

La sentencia fue leída por el juez Rodrigo Mudrovitsch, presidente de la Corte IDH, en esta declaró la “responsabilidad internacional” de Honduras “por las violaciones” a los derechos humanos de Leonela pero concluyó que no encontró elementos suficientes para atribuir responsabilidad por tortura o malos tratos ocurridos durante las detenciones a Leonela.  

“Este fallo representa una victoria largamente esperada para las mujeres trans, las personas LGBTI y todas aquellas que han sido víctimas de violencia y discriminación estructural en Honduras”, afirmó la asociación Robert & Ethel Kennedy Human Rights Center a través de su página web.

“La Corte reconoció que Leonela Zelaya fue víctima de detenciones ilegales y arbitrarias motivadas por prejuicios, así como la falta de reconocimiento de su identidad y expresión de género durante la investigación de su muerte, lo que reprodujo prácticas discriminatorias y profundizó la impunidad”, agregó.

Ilustración de los rostros de Leonela y Thalía. Crédito: Red Lésbica Cattrachas

Reconocimiento de la familia social

El caso de Leonela también tiene una historia conjunta con Thalía. Ambas construyeron una familia ante la discriminación en su propio entorno personal. Además, tuvieron una lucha de resistencia y solidaridad de más de una década con otras mujeres trans.

Tras su asesinato, Thalía recogió el cuerpo de Leonela en la morgue de Tegucigalpa. Los servicios fúnebres de Leonela fueron realizados en un bar por mujeres trans, trabajadoras sexuales, al cual no asistió ningún miembro de su familia biológica.

Después del transfemicidio de Leonela, Thalía se convirtió en activista durante 18 años y junto a Cattrachas denunció y exigió justicia por los crímenes de odio y la discriminación cometidos contra personas LGBTIQ+. Sin embargo, la impunidad en el caso causó en Thalía inseguridad, frustración e impotencia.

En este contexto, la sentencia de la Corte IDH también tiene un avance e hito para la población LGBTIQ+ y es el reconocimiento de la familia social. La Corte interpretó por primera vez el concepto de familia social, indicando que la construcción de familia no debe restringirse a la familia nuclear o a nociones tradicionales, bajo el entendido de que hay diferentes formas en las que se materializan los vínculos familiares, más allá de los lazos de sangre.

El tribunal consideró a Thalía víctima en su condición de hermana social de Leonela, por los daños emocionales y personales derivados de la falta de diligencia y respuesta del Estado y declaró la violación de sus derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la integridad personal, como consecuencia de la demora injustificada y la persistente impunidad en el caso.

Thalía fue asesinada el 10 de enero de 2022 en su casa ubicada en un barrio de Tegucigalpa, según denunció entonces la organización Cattrachas. Tenía 58 años. Su transfemicidio se suma a las 546 personas sexogénero diversas asesinadas y cinco personas desaparecidas en Honduras desde 2004.

El caso de Leonela y Thalía evidencia cómo la negación sistemática de la identidad de género puede convertirse en una forma de violencia letal.

Esta no es la primera vez que la Corte IDH condena al Estado hondureño por transfemicidio. También lo hizo en 2021 por la muerte de una mujer trans en el caso Vicky Hernández. Ese año le ordenó adoptar un protocolo de investigación y administración de justicia durante los procesos penales para casos de personas LGBTI víctimas de violencia; diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra personas LGBTI. Sin embargo, aún no se implementan esas medidas.

Para el caso de Leonela y Thalia, la Corte también ordenó al Estado medidas de reparación, entre ellas:

  • Ofrecer disculpas públicas en un acto oficial.

  • Reabrir y desarchivar el caso de Leonela Zelaya.

  • Investigar el transfeminicidio con perspectiva de género.

  • Juzgar y sancionar a los responsables.

  • Reparar integralmente a la familia de Leonela, incluidas las personas derechohabientes de Thalía.

Participaron de esta nota