Virginia Laparra es condenada por “abuso de autoridad”
Virginia Laparra salió de la Torre de Tribunales a través del sótano, escoltada por agentes del Sistema Penitenciario y rodeada de periodistas. A su paso, se escuchaba un coro de hombres lanzando comentarios sexuales desde las carceletas. La exfiscal quetzalteca acababa de ser sentenciada a 4 años de prisión conmutables por “abuso de autoridad en forma continuada” por la jueza Oly González por una denuncia que, desde 2018, ha buscado establecer que una fiscal no puede denunciar a los jueces.
La audiencia para lectura de sentencia comenzó a las 13:00 de este 16 de diciembre, con la jueza Oli González explicando las cuatro denuncias que constituyen los hechos por los que Virginia Laparra fue juzgada. Posteriormente, procedió a acreditar el valor probatorio de las pruebas documentales y testimonios presentados por el Ministerio Público (MP). “No tengo ningún medio de prueba que los desvalorice”, señaló.
Por medio de ellos, se acreditó que fue la exfiscal quien presentó las denuncias, lo cual nunca fue negado por su defensa. Para las abogadas, no estaba en cuestión si Virginia las presentó, sino que era su derecho y su obligación hacerlo para proteger sus investigaciones como fiscal.
“Virginia no estaba autorizada para denunciar”
La defensa de Virgina Laparra presentó, entre las pruebas documentales, un oficio enviado por la exfiscal a su jefe inmediato, Juan Francisco Sandoval, el 17 de octubre. En él, le comunicaba que ese día había presentado una denuncia contra Lesther Castellanos. Sin embargo, la jueza Oly González señaló que la denuncia había sido en realidad presentada un día antes. “No tengo certeza de lo que allí se dice ni puedo decir que hubo un acuerdo previo. En el memorial no se adjuntó ningún documento donde se diga que hubo un acuerdo con el jefe como respaldo”, señaló.
Al no admitir estas pruebas, el argumento principal de la jueza González para declarar culpable a Virginia Laparra fue que no estaba autorizada por su superior para presentar las denuncias contra Lesther Castellanos, y que por lo tanto hizo un uso arbitrario de su función. “Nada le impedía comunicarle al jefe inmediato, más aún si tenía reuniones con él como lo señaló”, indicó la jueza.
Jueza niega criminalización
En su lectura, la jueza mencionó que “tanto la defensa como la acusada han hablado de una criminalización en su contra”. Procedió a explicar que, para ella, la criminalización no es una situación despectiva sino “adjudicar una conducta criminal contra una persona”.
En varias ocasiones, la abogadas de Virginia Laparra y ella misma afirmaron que la criminalización en su contra se define por un uso indebido del derecho penal. Es decir, que se utilizan las leyes de manera maliciosa para atentar contra su libertad, su trabajo y libre expresión.
Organizaciones como Amnistía Internacional también reconocieron que la fiscal anticorrupción es una presa de conciencia, que es perseguida por su trabajo contra la corrupción.
La sentencia
La jueza Oli Gonzalez manifestó no dudar de la responsabilidad y la participación penal de Virginia Laparra en los hechos de los que se le acusa. Concluyó que la presentación de las cuatro denuncias fue un acto arbitrario, que además extralimitaba sus funciones como fiscal. Resolvió que las acciones de Laparra son una expresión de abuso de autoridad en forma continuada.
Según la jueza, la presentación de las denuncias por parte de Laparra tiene como consecuencia la disminución en la confianza y la credibilidad en las instituciones de investigación y persecución penal. Gonzalez también resolvió que hubo dolo en las acciones de Virginia Laparra, es decir, que la exfiscal actuó sabiendo que violentaba la ley. “Ella estaba consciente de que abusaba de su cargo”, señaló.
Al tratarse de múltiples denuncias, la jueza resolvió que Laparra había cometido los actos de forma continuada.
El MP, la Procuraduría General de la Nación (PGN) y los querellantes adhesivos solicitaron la pena máxima por el delito de abuso de poder para Laparra: seis años inconmutables más un tercio por ser delito continuado, dando un total de ocho años. Sin embargo, la jueza Gonzalez señaló que no se habían presentado los argumentos necesarios para justificar esta decisión. Por lo tanto, resolvió sentenciar a Virginia Laparra a cuatro años de prisión conmutables a razón de diez quetzales por día.
La pena original consistía en tres años pero, al tratarse de un delito cometido en forma continuaba, se le agregó la tercera parte (un año más). Durante este tiempo, Laparra queda incapacitada para ejercer cargos, empleos y comisiones públicos.
Los querellantes adhesivos solicitaron que Laparra fuera inhabilitada de ejercer como abogada y notaria. Sin embargo, la jueza aseguró que esto no era posible, debido a que no había violado ninguna de las normas propias de la profesión.
Castellanos y Barrios no son reconocidos como agraviados
Los querellantes Lesther Castellanos, exjuez de mayor riesgo y actual relator contra la tortura, y Omar Barrios, representante de la comisión portuaria, se definieron a sí mismos como agraviados “personal, familiar y profesionalmente” por las denuncias de Virginia Laparra.
No obstante, en su sentencia la jueza González explicó que el perjuicio y el daño en este caso era hacia la administración pública, y que no se trataba de un delito contra el honor. Por lo tanto, no admitió la solicitud del Ministerio Público y querellantes de que Virginia Laparra pagara por la publicación de la sentencia en los diarios de mayor circulación.
La jueza definió que la PGN, como representante del Estado de Guatemala, será la única que puede hacer uso del derecho de reparación digna, para lo cual definió audiencia el 21 de diciembre a las 9:00.
“¡Virginia es inocente!”
Al finalizar la audiencia, la jueza ordenó que se le colocaran las esposas a Virginia. Mientras tanto, el público aplaudió y respaldó a la fiscal lanzando mensajes de solidaridad. Afuera de tribunales, decenas de listones amarillos y carteles fueron muestra de la solidaridad con la exfiscal.
La sentencia será entregada el 27 de diciembre. La defensa de Virginia puede apelarla o cancelar la multa de diez quetzales diarios.