Sala Primera de Mayor Riesgo beneficia al general Benedicto Lucas García
Con el amparo la defensa buscaba suspender la audiencia por genocidio que se realiza en el Tribunal de Mayor Riesgo “A”, sin embargo, el juez presidente Gervi Sical y los jueces vocales dieron tramite a la recusación. La defensa de las víctimas considera que el amparo es ilegal y busca impunidad.
Por Regina Pérez
La audiencia del juicio por genocidio contra el general Benedicto Lucas García continuó, este miércoles, en el Tribunal de Mayor Riesgo “A” con las conclusiones de la defensa. Después de un receso, el Tribunal presidido por el juez Gervi Sical fue notificado de un amparo provisional otorgado al exjefe del Estado Mayor del Ejército que recusó a los jueces que conocen la causa.
En la jornada 99 del juicio por genocidio declaró el consultor propuesto por la defensa, el exdiputado Antonio Arenales Forno, quien hizo una defensa de la amnistía y negó que se hubiera cometido genocidio contra la población Ixil.
Posteriormente, la abogada Teresa Martínez, del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP), inició sus conclusiones y después del receso del almuerzo, cuando el juez quiso continuar la audiencia lo interrumpió para informarle que habían sido notificadas del amparo provisional en el cual se les informó que la Sala Primera de Mayor Riesgo les otorgó un amparo.
“La autoridad denunciada debe dar trámite a la recusación interpuesta y emitir las actuaciones a la sala jurisdiccional que corresponda, en este orden de ideas no tenemos notificación de cualquier otra circunstancia que impida la ejecución de este amparo provisional y este amparo es de estricto cumplimiento”, leyó Martínez.
La pretensión de la abogada era que la audiencia se suspendiera y que se acatara la orden de elevar las actuaciones a la Sala que correspondiera. “Esta defensa no puede continuar emitiendo sus conclusiones a menos que exista una revocatoria de esta resolución de amparo provisional”, manifestó.
La Sala Primera de Mayor Riesgo que otorgó el amparo provisional está conformada por los magistrados Miriam Regina Brolo, presidenta; Marco Tulio Pérez Lemus, vocal I, quien fue reelecto y quien fungió como integrante de una Comisión de Postulación en la elección de Cortes y Jorge Emilio Morales Quezada, vocal II. Los suplentes son Jaime Amílcar González Dávila y María José Aguilar Hernández.
“Buscan generar impunidad en este tipo de procesos”
Ante la petición de la defensa de Lucas, la fiscal de Derechos Humanos, Mercedes Morales Santos y la abogada de las víctimas, Jovita Tzul, se opusieron. Morales Santos indicó que “la recusación no tiene efectos suspensivos” citando la Ley del Organismo Judicial.
En tanto Tzul señaló que no se puede dejar a medias un acto procesal. “Es un amparo ilegal y lo único que busca es generar impunidad en este tipo de procesos”, manifestó.
“Ninguna autoridad está obligada a acatar ordenes ilegales. La semana pasada la defensa manifestó que se les estaba señalando de obstruir el proceso, aquí está la evidencia de que eso sí está sucediendo”, dijo la abogada, quien agregó que ya presentaron la apelación en contra del amparo y por lo tanto la resolución no está firme.
Abogada se negó a continuar
La abogada Teresa Martínez trató de mantener sus declaraciones luego de que el juez Sical manifestó que aceptaban la recusación y que elevarían las actuaciones pero que no suspenderían la audiencia. “Somos respetuosos de lo que se nos ordena”, indicó el juzgador. El criterio del Tribunal es que las recusaciones no tenían efectos suspensivos.
Martínez, incluso, señaló que como defensa no estaban obligados a acatar órdenes ilegales. “No le estamos dando una orden ilegal licenciada, porque no hemos resuelto”, agregó el juez, quien le dijo a la abogada que ella tenía el derecho de dar sus conclusiones y que de lo contrario se lo hiciera saber al Tribunal.
La abogada Martínez pidió un receso de cinco minutos para consultar al IDPP cómo proceder. Tras deliberar, el juez presidente le indicó que en la justicia ordinaria en que se encuentra el juicio se debía seguir la secuencia del debate oral y público y las conclusiones.
“Si quiere hablar con un supervisor es una cuestión donde no tiene independencia cada uno de poder pronunciarse, acá cada uno tiene su independencia”, afirmó. Sical negó también que el caso estuviera prefabricado y que ellos quieren concluir el juicio el 15 de noviembre.
Tras esta intervención, la defensa retomó las conclusiones.
Consultor y defensa buscan desacreditar tesis de genocidio
Arenales Forno, exdiputado del partido VALOR y extitular de Secretaría de la Paz, conocido por su postura negacionista del genocidio, fue propuesto por la defensa como consultor para presentar sus conclusiones en torno al peritaje “Aplicación del derecho internacional humanitario”, del perito Alejandro Valencia Villa.
El consultor negó la tesis del MP de que se cometió genocidio contra el pueblo Ixil. “Ningún hecho ocurrido en el enfrentamiento armado constituyó genocidio”, afirmó. También realizó una extensa defensa de la amnistía, que el mismo promovió en el Congreso. “La amnistía es legal y legítima y se aplica a todos los delitos que se hayan cometido por ambas partes durante el enfrentamiento armado”, manifestó.
La abogada Martínez, por su parte, señaló que la Fiscalía no presentó al Tribunal la prueba de que Benedicto Lucas García ordenó eliminar a la población Ixil. “Si el Ministerio Público no puede acreditar que él sabía de estos hechos que se le imputan, al ejército y a Guatemala, no hay una sola prueba de cargo para establecer dichas circunstancias”, dijo.
Añadió que la Fiscalía no presentó en ningún momento directivas u órdenes que se refieren y afirmen la intención de destruir al grupo maya étnico Ixil.
Tras la interrupción de la intervención de Martínez esta prosiguió por casi media hora. Sin embargo, tras un breve receso el juez Sical informó que la jueza vocal, Lilian Patricia Ajcam, sufrió un desmayo y aplazó la audiencia para el jueves14 de noviembre.