Por unanimidad, la Corte Suprema de México declara inconstitucional la penalización del aborto

Fotografía: Yaaj México

En el estado de Coahuila, México, el artículo 196 del Código Penal establecía pena de hasta 3 años de cárcel a las mujeres que interrumpieran su embarazo o ayudaran a otras a hacerlo de manera voluntaria. Este artículo fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación -SCJN-, declarando por unanimidad de 10 votos que penalizar el aborto es inconstitucional, por vulnerar el derecho a decidir, la dignidad y la autonomía humana.

Esta resolución de la SCJN se aplicará para el criterio de todos los jueces y juezas, es decir que si llegan casos de criminalización hacia mujeres por interrumpir un embarazo no podrán ser condenadas penalmente. Es por ello que esta resolución para el caso de Coahuila se celebró como una victoria nacional para las mujeres mexicanas.

Otros casos

En México algunos estados ya habían legalizado la interrupción del embarazo dentro de sus territorios. La Ciudad de México desde el 2007 aprobó la legalización del aborto y empezó a brindar este servicio como parte de la salud pública.

El estado de Oaxaca también resolvió despenalizar el aborto en el año 2019, y este año se sumaron Hidalgo y Veracruz a los estados mexicanos que reformaron sus códigos penales para eliminar la interrupción del embarazo como delito.

Andrea Rodríguez

Socióloga interesada en la relación teoría-práctica, movimientos sociales, feminismo, ecologismo y antiespecismo. Feminista. Abolicionista. Antiespecista.

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