Inicia el juicio por el transfemicidio de Andrea González 

Más de un año y medio después de los hechos, inició el debate oral y público por el transfemicidio de Andrea Mutz González el 6 de marzo del 2023. La Fiscalía del Ministerio Público (MP) busca una sentencia condenatoria en contra de José Roberto Ramirez Sotovando. Durante la primera audiencia, el Tribunal Quinto de Sentencia Penal escuchó a 5 peritos, un médico forense y 3 testigos.

Una de las peritas de INACIF testifica durante el juicio. / Fotografía: Kristhal Figueroa

Andrea González era una joven trans de 28 años. Fue voluntaria comunitaria, promotora de salud y enfermera de la clínica Transvivir GT de la Organización Trans Reinas de la Noche (OTRANS). En el momento de su muerte, era la representante legal de este colectivo. Ahora, OTRANS participa como querellante adhesivo en el juicio por su transfemicidio bajo la representación de los abogados Rafael Cruz e Iris Barillas. 


El 11 de junio del 2021, Andrea subió a un automóvil conducido por José Roberto Ramírez Sotovando, el acusado, en la 12 avenida y 2 calle del Barrio Moderno, según revelaron diversos fotogramas de cámaras de seguridad. Aproximadamente 2 minutos después, Andrea bajó del vehículo con heridas de bala, señaló la fiscalía del MP. Fue trasladada al Hospital San Juan de Dios por bomberos municipales y allí falleció. 

Por este motivo, en agosto del 2022, Ramírez fue detenido. 

José Ramírez, el acusado, mientras le colocan las esposas. / Fotografía: Kristhal Figueroa

Alexander Natareno, fiscal del MP a cargo del caso, señaló que buscará una sentencia  condenatoria en contra de Ramírez Sotovando por homicidio, debido a que en legislación guatemalteca no está tipificado el transfemicidio. 


El abogado Rafael Cruz, representante de OTRANS, explicó que existieron circunstancias particulares que facilitaron el transfemicidio. Un ejemplo de ello, es la discriminación que las mujeres trans viven en Guatemala. “Al final se demostrará que se violentaron derechos de la comunidad LGBTIQ+ contenidos en mecanismos internacionales”, manifestó. 


La evidencia incriminatoria según el MP


El tribunal escuchó a cinco peritos del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) que analizaron la escena del crimen (el automóvil). Uno de ellos, Robin Tello, especializado en identificar la escena del crimen, identificó el vehículo y la segunda, aplicó el reactivo que reveló  la existencia de sangre o cabellos dentro de él. Una tercera perita, Mayra Custodio, quien también testificó durante la audiencia, recogió muestras del cuerpo de Andrea, las cuales serían comparadas con la evidencia del automóvil para determinar si pertenecen a ella. 


Este proceso fue realizado por una cuarta testiga encargada del peritaje genético. Ella estableció que los cabellos encontrados en el automóvil pertenecían a Andrea. 


Durante la primera audiencia también testificó Robin Tello, el médico forense que realizó la necropsia de Andrea. Señaló que existían evidencias de distintos procedimientos médicos realizados a la víctima al momento de ingresar al Hospital San Juan de Dios como resultado de haber recibido dos impactos de bala en el área del tórax y la región lumbar. Además, identificó que la causa de muerte fue una hemorragia provocada por una laceración cardiaca. 


El último perito del INACIF que testificó durante la audiencia fue un experto en balística. Estableció que los proyectiles encontrados en el cuerpo de Andrea fueron disparados por una pistola. 


Los hallazgos de los 6 peritos del INACIF, junto a la evidencia que se presentará en las otras audiencias, permitieron que el MP acusara a José Ramírez como el responsable del transfemicidio de Andrea González. 


El tribunal escuchó también tres testimonios. Los primeros dos, de personas cercanas a Andrea: una amiga de la infancia y su pareja sentimental. Ambos identificaron a Andrea como una mujer trans. Por este motivo, según su pareja Edvin Velásquez, Andrea “había sufrido violencias”. 


Transfemicidio, no homicidio 


El caso de Andrea González es tratado como un homicidio, según lo establecido en el artículo 123 del Código Penal. Esto debido a que la legislación guatemalteca no reconoce al transfemicidio como un delito. Sin embargo, reconocer su identidad es indispensable para comprender el contexto y las circunstancias en las que el crimen fue cometido, como lo señaló el abogado Rafael Cruz. 


En otros casos, se han identificado ciertos agravantes relacionados a la identidad de género de las víctimas. Un ejemplo de ello es el de Nancy Sacul donde se identificó la existencia de “menosprecio ofendido”. 


La siguiente audiencia está programada para el 21 de marzo del 2023. Se celebrará en el nivel 11 de la Torre de Tribunales a las 9:00 horas. 

Kristhal Figueroa

Periodista y socióloga en formación. Interesada en narrar la situación de las mujeres, movimientos sociales y juventudes. Feminista de la periferia de la Ciudad de Guatemala. Becaria de la International Women’s Media Foundation e integrante de la octava generación de la #RedLATAM de Distintas Latitudes.

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