Cuatro puntos clave de la reforma a la Ley de la PNC

Créditos: Gobierno de Guatemala

La reforma representa para muchos defensores de derechos humanos una regresión al pasado en al menos dos de los artículos, mientras que para otros los cambios son de beneficio para un numeroso grupo de policías que tendrá una mejora económica.

Por Prensa Comunitaria

Las reformas a la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil han generado polémica por la protección extra que se le brinda a los agentes, que en el ejercicio de su cargo disparen en contra de una persona y la hieran o maten, además de darles potestad para iniciar una investigación. Otros prefieren hablar de las mejoras económicas que representan para los agentes de la policía.

El artículo 60

Este artículo establece que “siempre que los integrantes de la PNC, en el ejercicio de sus funciones dentro del servicio y en el pleno cumplimiento del deber, deban utilizar sus armas de fuego y como consecuencia el agresor resultare herido o falleciere, se presumirá que ejecutaron un acto ordenado o permitido por la ley, en el ejercicio del cargo público que desempeñan, de la profesión a la que se dedican, de la autoridad que ejercen o de la ayuda que presten a la justicia”.

Además, estipula que “en ningún caso podrán enviarlos a prisión preventiva, ni serán suspendidos de sus labores hasta concluida la respectiva investigación. El o los miembros de la PNC deberán entregar su arma y serán asignados a tareas administrativas hasta que concluya la investigación”.

Algunos diputados y defensores de derechos humanos lo consideran como un blindaje para los policías, liberándolos de responsabilidad y facilitando el uso de armas letales en contra de criminales o de cualquier persona que consideren.

Sin embargo, el presidente del Congreso, Nery Ramos, dijo que “es darles vida a las eximentes (circunstancia que excluye la responsabilidad penal) que determina el código penal vigente. Lo único que pedimos con el artículo 60 es que no se les trate como delincuentes cuando salen a cumplir con el deber”.

En tanto, el diputado Elmer Palencia presentó una moción para modificar el artículo 60, pero el mismo solamente contó con los votos de parte de las bancadas Bien, Cabal, Creo, Nosotros, Todos, UNE, Valor, Vamos, Viva y VOS.

Mientras que el artículo 60 fue avalado con 94 votos de la UNE, Semilla, Cabal, Vamos y Viva.

Pese a las críticas en contra de este artículo, el exministro de Gobernación y exfiscal, Francisco Rivas Lara, señala que no se les está garantizando inmunidad a los agentes, ya que hay obligaciones claras para usar las armas de fuego y para ello también hay principios internacionales de proporcionalidad.

Asimismo, el exministro dijo que estas reformas se dieron para evitar el uso discrecional e indebido de algunos jueces y fiscales que promueven la persecución de agentes que actúan bajo del ejercicio del deber.

Artículo 10 inciso b

Otra de las modificaciones que provocó discusiones en el Congreso fue la realizada al artículo 10, inciso b, donde se establece que la PNC podrá “investigar la comisión de hechos constitutivos de delitos o faltas e informar al MP sobre el curso de investigación por iniciativa propia, denuncia o a requerimiento del MP”.

Los diputados que se oponen a la medida alertaron sobre la duplicidad de funciones ya que, pese a la existencia de la Subdirección de Investigación Criminal, darle vía libre a la PNC para investigar era darle facultades que le competen únicamente al MP.

El diputado de Vamos, Allan Rodríguez, comparó esta modificación con las facultades que se le dieron a la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), mientras que la diputada Lucrecia Marroquín consideró que con ella se vulnera a la ciudadanía porque ya no se requerirá orden de juez para que se inicie una investigación, pudiendo revivir los abusos cometidos por la Policía Nacional (PN).

Previo a la firma de los Acuerdos de Paz, en 1996, la PN operaba como un instrumento del Estado autoritario, caracterizado por su rol represivo y violaciones a los derechos humanos.

Durante las manifestaciones, especialmente aquellas percibidas como opositoras al gobierno, la PN reprimía con el uso excesivo de la fuerza, incluyendo detenciones arbitrarias, tortura y en algunos casos, desapariciones forzadas. Estas acciones eran parte de una estrategia de contrainsurgencia en un contexto de guerra civil.

Luego del relevo de la PN por la Policía Nacional Civil los casos de denuncias de represión y agresión policial continuaron, como los casos registrados en las manifestaciones de 2020, cuando la ciudadanía salió a protestar por la aprobación del presupuesto de 2021, durante la administración de Alejandro Giammattei.

O el caso de la periodista maya Kaqchikel, Norma Sancir, quien fue detenida ilegalmente por agentes de la Policía Nacional Civil, el 18 de septiembre de 2014, cuando cubría un desalojo de manifestantes en la región maya Ch’orti’, del municipio de Camotán, en el departamento de Chiquimula.

Nueve años después, un juez de Chiquimula condenó al excomisario Ceferino Salquil Solval y a las policías Olga Leticia Segura y Mirna Marleny Agustín a 3 años y 9 meses de prisión conmutables, por el delito de abuso de autoridad, por la detención ilegal de la periodista, en septiembre de 2014, mientras ella realizaba su trabajo periodístico en el municipio de Camotán.

Cámaras para policías, un sistema que llevará tiempo

El decreto 35-2024 que contiene las reformas a la PNC también incluye la implementación de equipo especializado como las cámaras personales para cada agente y para los autopatrullas, lo cual tiene el objetivo grabar todos los procedimientos u operativos en los que participen los policías.  La reforma aprobada señala que todos los policías que participen en operativos de control, allanamientos y capturas deberán portar cámaras y grabar con vídeo y audio los procedimientos.

Para defensores de la reforma, estos cambios evitarían los supuestos abusos que se señalan podrían ocurrir por la reforma al artículo 60, ya que las cámaras “transparentarían el procedimiento”.

Sin embargo, esa implementación de equipo no tiene una fuente de financiamiento ni un reglamento, solo se establece que el Ministerio de Finanzas y el de Gobernación deben realizar las coordinaciones cuando la Ley entre en vigencia.

La puesta en funcionamiento de este sistema no es inmediata y podría llevar más de un año. El ministro Francisco Jiménez ha señalado que la Ley les da tres años para implementar el proyecto y que el mismo se realizaría por fases.  Se tendría que establecer un reglamento, la compra de cámaras y la forma de archivar los videos o la implementación de un centro de recepción del material audiovisual que se obtenga de los dispositivos.

Tampoco existe un monto estimado para hacer las adquisiciones, pero, en julio, cuando se discutía el dictamen de la iniciativa de ley se mencionó que cada cámara podría costar un aproximado de $2 mil (Q 15 mil 432.88).

Las autoridades policiales dijeron que actualmente cuentan con 35 mil efectivos, por lo que el costo ascendería a Q 540 millones 150 mil 800.

El escalafón, un bono y un seguro

En las reformas se establece una nueva estructura jerárquica, en la cual la máxima autoridad será el director general, y de la cual dependen las direcciones generales operativa (incluye la investigación criminal, antinarcótica y de inteligencia) y la administrativa (incluye el tema de personal, estudios, doctrina, salud y tecnología).

Además, se crea el escalafón de la PNC que se basa principalmente en el tiempo de servicio y puestos desempeñados, lo cual a su vez tiene un incremento salarial de entre el 4% y 8% por cada dos años de servicio hasta los 24 años de laborar en la institución.

Hasta el año pasado el salario base de los agentes de la PNC era de Q3,554, pero en enero el gobierno autorizó un aumento de Q600, lo que elevó el ingreso a Q4,154 mensuales. Es sobre este salario y la aplicación del escalafón que se realizarán los incrementos cada dos años.

Otro de los beneficios financieros con la reforma fue el establecimiento de una bonificación única al año de Q6 mil (dividido en dos pagos), pero que, según Rivas, antes el bono navideño era solicitado por la PNC y dependía de forma discrecional del director o ministro si se entregaba o no.

Rivas Lara dijo que el tema salarial es un reconocimiento y dignificación de los agentes que históricamente han sido poco beneficiados con algunos bonos, pero cuando se retiran los pierden.

Se implementa el pago de un seguro de vida de Q100 mil para las familias de los policías fallecidos, la cual tiene como objetivo garantizar la alimentación, salud y educación de los niños.

Prensa Comunitaria

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