Caso Hogar Seguro: la PGN no puede ser juez y parte

Créditos: Simón Antonio


Texto y fotografías: Simón Antonio

Ayer 13 de marzo se llevó a cabo la audiencia de discusión del acto conclusivo del Ministerio Público (MP), respecto a la masacre en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción ocurrido el 8 de marzo de 2017, donde se acusa a ocho personas, tanto funcionarios y exfuncionarios públicos.

En el grupo de acusados están involucrados Harold Flores, procurador de la Niñez de la Procuraduría General de la Nación (PGN), Gloria Castro exdefensora de la Niñez y la Adolescencia de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), la exsicóloga del Hogar Virgen de la Asunción Brenda Julisa Pacay, la exsubinspectora de la Policía Nacional Civil (PNC) Lucinda Marroquín; y el excomisario de la PNC Luis Armando Pérez.

Antes de la discusión del acto conclusivo, fue necesario resolver el papel de la PGN, a pesar del avance del proceso penal, la Asociación de Mujeres Orientadas y Respaldadas no se presentó a la audiencia y al ser contactados vía telefónica por el Juzgado de Cuarto de Primera Instancia Penal, manifestaron su renuncia como querellantes adhesivos dejando en abandono a sus ex representadas. De oficio el representante de la PGN pidió representar a las niñas y adolescentes que representaba la Asociación de Mujeres Orientadas y Respaldadas.

A la petición de la  PGN, los querellantes adhesivos plantearon tres incidentes procesales; el primer incidente planteado es la intervención de la PGN como sujeto procesal.  El segundo, dos de las sobrevivientes que fueron representadas de la Asociación de Mujeres Orientadas y Respaldadas ya cumplieron los 18 años, por lo que no pueden ser representadas de oficio por la PGN sino es el Instituto de la Defensa Pública Penal, como lo indica la Ley de Femicidio, si así quisieran las sobrevivientes; y el tercer incidente, es el conflicto de interés que crea la PGN como representante del Estado civilmente demandado y su participación representando a varias familias de las niñas y adolescentes.

“No es el momento procesal de que el Estado sea civilmente demandado, dado que no existe sentencia a la fecha que defina los medios de resarcimiento, sino estamos en un proceso que defina la responsabilidad de funcionarios y exfuncionarios de los hechos” dijo la abogada Estela López Funes del Bufete de Derechos Humanos.

Al momento de las intervenciones de los incidentes planteados, el MP pidió dos días de plazo para poder definir una postura respecto a los incidentes procesales planteados, solicitud que fue otorgada por el juez Pedro Rodolfo Lainez.

Durante la audiencia, la sindicada Lucinda Marroquín y el sindicado Luis Armando Pérez pidieron al juzgado que se les otorgue medida sustitutiva, las solicitudes serán revisadas en una audiencia próxima. Mientras para resolver los incidentes procesales planteados se fijó el próximo viernes 16 de marzo.

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