Apelan sentencia que liberó a exkaibiles en caso Dos Erres
Según los abogados, el Tribunal no quiso conocer los contundentes hechos relatados por los testigos de la masacre, que ya han sido acreditados en tres sentencias previas. El 7 de noviembre, el Tribunal absolvió a tres exkaibiles.
Por Regina Pérez
Abogados y uno de los sobrevivientes de la masacre en el parcelamiento Las Dos Erres, apelaron este martes la sentencia del 7 de noviembre del Tribunal de Mayor Riesgo E que dejó en libertad a tres exkaibiles acusados de haber participado en el asesinato de 200 personas, perpetrada por el ejército en diciembre de 1982.
El abogado Edgar Pérez, director del Bufete Jurídico de Derechos Humanos, que acompañó a los sobrevivientes en el caso informó que apelaron porque el Tribunal dictó una sentencia absolutoria que viola la legalidad del país y los compromisos internacionales del Estado.
Además señaló que el Tribunal no valoró las pruebas contundentes, “hay testigos presenciales, hay sobrevivientes de la masacre, a los cuales no se da valor probatorio bajo criterios antitécnicos, antijurídicos pero sobre todo que revictimizan a los sobrevivientes”.
Para Pérez no es coherente que en un caso como este, en que el Estado ha sido condenado y que los hechos han sido acreditados en tres sentencias previas y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), ahora un Tribunal sin mayor argumento y sin fundamentar diga en cinco renglones que los hechos no estén acreditados y que ninguna prueba tiene valor.
El 7 de noviembre, el Tribunal de Mayor Riesgo E, presidido por la jueza Abelina Cruz Toscano e integrado por los jueces Otoniel de León y Alida Mariluz Valenzuela absolvió de los delitos de asesinato y delitos contra los deberes de la humanidad a los exkaibiles Gilberto Jordán, José Mardoqueo Ortiz y Alfonso Bulux Vicente.
En su resolución, el Tribunal no le dio valor probatorio a lo expresado por las víctimas y a los dictámenes periciales y los desacreditó.
Según el abogado, también apelaron porque el Tribunal incumplió con darle una justicia pronta y cumplida a las víctimas y al no cumplir con las obligaciones internacionales del Estado. “No se puede sacrificar la justicia en pro del formalismo y la impunidad”, señaló el abogado.
Según Pérez, eso fue lo que se evidenció al no querer conocer hechos contundentes relatados por los testigos que ubican a los acusados en el lugar de los hechos, cometiendo acciones planteadas en la acusación. “Evidencia un patrón sistemático de impunidad” puntualizó.
“Yo espero que haya justicia”
Raúl de Jesús Gómez, uno de los testigos y sobrevivientes en este caso, fue quien presentó la apelación en el nivel 14 de la Torre de Tribunales. Gómez señaló que los jueces se refirieron a no querer cometer prevaricato, pero eso fue lo que hicieron.
“Yo no sé leer, pero confío en ellos (los abogados), que nos han apoyado”, dijo Gómez, quien al momento de ocurrir los hechos tenía 24 años y cuenta que era dueño de dos caballerías de tierra, las que perdió al ocurrir la masacre. “Por esos ingratos todo eso se quedó en el olvido, por esos criminales se perdió todo”, mencionó.
El sobreviviente lamenta lo que ocurrió en diciembre de 1982. “A mí me duele estar frente a los jueces, tener que declarar, por esos malvados que hicieron eso”, señaló.
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Gómez expresó su esperanza de que haya justicia en este caso. “Se vio lo que hicieron los jueces, doblaron las hojas donde estaba todo, era nuestra esperanza, llegar a tener un poco de lo que nos tocó abandonar, no porque hayamos querido”, indicó.
El juicio que empezó el 11 de abril culminó el 7 de noviembre con una sentencia absolutoria. Se trata del cuarto juicio realizado en el país en el que se juzga la masacre ocurrida entre el 7 y 8 de diciembre de 1982, cometida por una patrulla élite kaibil en dicho parcelamiento ubicado en Petén.
En 2011 fueron condenados los exmilitares Manuel Pop, Reyes Collín, Daniel Martínez y el teniente Carlos Carías a más de 6000 años de prisión; en 2012, el ex subinstructor kaibil Pedro Pimentel Ríos recibió una sentencia de 6,060 años de prisión y, en 2018, fue condenado el exkaibil Santos López Alonzo a 5160 años de cárcel por estos hechos.