RUDA

View Original

Justicia para personas transgénero violentadas durante la dictadura militar argentina

Foto: Archivo de la Memoria Trans.

En uno de los juicios más grandes por los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar argentina, se reconoció por primera vez a personas del colectivo trans como víctimas. Ocho mujeres travestis-trans fueron sometidas a detenciones arbitrarias e ilegales, violencia sexual, tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, y reducción a la servidumbre, según la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 1 de La Plata, Provincia de Buenos Aires.

Por Celina De La Rosa

El pasado 10 de julio se dieron a conocer los fundamentos del fallo de uno de los juicios de mayor magnitud desde la recuperación democrática, hace más de 40 años. En este juicio se consideraron, entre las más de 600 víctimas, a un grupo de personas transgénero que fueron secuestradas, sometidas a torturas y violencia sexual en el denominado Pozo de Banfield, uno de los cuatro centros clandestinos de detención involucrados en esta causa judicial. Resultaron condenados 11 exmilitares y policías.

Este proceso judicial, conocido como el "Juicio de las Brigadas", se enmarca en los juicios que juzgan los crímenes de lesa humanidad cometidos entre 1976 y 1983 por el gobierno de facto en Argentina. Desde la reapertura de estos procesos en 2006, se han dictado 326 sentencias, condenando a mil 187 personas por crímenes de lesa humanidad. Sin embargo, este es el primero que incluye a mujeres trans y travestis como víctimas. Según destacan las partes involucradas, "a nivel global no existía un precedente de sanción al ensañamiento y las violencias hacia el colectivo trans en contexto de dictadura, genocidio ni en conflictos armados internos".

Valeria del Mar Ramírez fue la primera querellante travesti trans y sacó a la luz las atrocidades cometidas contra la comunidad trans travesti durante la última dictadura militar. Ramírez, quien fue secuestrada y privada de su libertad en el Pozo de Banfield, estuvo detenida 14 días, donde fue torturada y violada sistemáticamente. Fue detenida dos veces entre 1976 y 1977, primero en una razzia y luego al ser secuestrada en un Ford Falcon. 

Durante su relato frente a los jueces, contó que en su segunda detención uno de los represores le dijo a otros que estaban en el predio, “Acá tienen las cachorras que pidieron”. No la detuvieron sola, estaba con una compañera, Romina. “No sabíamos por qué estábamos ahí. Después vinieron dos policías que me violaron después de darme algunos golpes. Tuve que tener relaciones con los dos, anal y bucal”, detalló en su testimonio.

Las vejaciones eran diarias,  en grupo y extremadamente violentas. “Preferiría que Dios me lleve, no sabía qué hacer. Se reían mientras yo gritaba y pedía auxilio“, manifestó. Incluso, la amenazaron con “una rata o una laucha”. Ramírez también relató haber escuchado el nacimiento de un bebé en cautiverio y cómo la madre fue obligada a limpiar tras el parto. Durante su cautiverio, sus allegados la buscaron sin éxito en varias comisarías. Finalmente, fue liberada con la advertencia de no volver a su lugar de trabajo por temor a ser asesinada. Tras su liberación, vivió disfrazada como Oscar, temiendo por su vida.

En su testimonio, Ramírez admitió que algunas experiencias las contó por primera vez debido a la vergüenza y el trauma. A pesar de haber trabajado como promotora de salud y en la prostitución, aún enfrenta violencia institucional y precariedad económica. Con una jubilación mínima y dificultades para cubrir sus necesidades básicas, sigue luchando por justicia y reconocimiento. A sus 66 años, continúa lidiando con las secuelas físicas y psicológicas de la tortura, se convirtió en la primera en denunciar públicamente la brutal represión específica que sufrió su comunidad, una realidad que hasta ahora había sido invisibilizada.

“Por primera vez en el mundo, no solo en Argentina, se toma la violencia sistemática contra el colectivo travesti trans como parte de las violencias ocurridas en el contexto del terrorismo de estado”, explicó a RUDA la auxiliar de fiscal Ana Oberlin, abogada especializada en Derechos Humanos, Género y Derecho Penal, doctora en Derecho y Ciencias Sociales y familiar de personas desaparecidas. Las ocho víctimas trans y travestis de este juicio son: Valeria del Mar Ramírez, Julieta Alejandra González, Claudia Judith Lagarde, Analía Velázquez, Paola Leonor Alagastino, Carla Fabiana Gutiérrez y Marcela Viegas Pedro.

El valiente testimonio de Valeria del Mar Ramírez no solo ha permitido corroborar los delitos sexuales aberrantes y las vejaciones a las que fueron sometidas las personas trans travestis, sino que también ha abierto un camino para que otras sobrevivientes puedan compartir sus experiencias. Muchas de ellas sumaron sus voces y recuerdos, brindando su testimonio desde Italia, tras haber sufrido el exilio.

Los testimonios presentados tuvieron un profundo impacto en el Tribunal Oral. No solo se relató lo vivido en el Pozo de Banfield, sino también el ensañamiento y la crueldad infligida sobre sus cuerpos por la policía y las fuerzas armadas fuera de ese centro de detención durante aquellos años. Los relatos también expusieron cómo la violencia y la discriminación social contra ellas no se detuvo y continúa hasta el presente.

Además, activistas reconocidos como Marlene Wayar, Cristian Prieto, Ana Solari Paz y Flavio Rapisardi también testificaron, aportando sus conocimientos y perspectivas sobre la persecución sistemática que sufrieron las diversidades sexo-genéricas antes, durante y después de la dictadura.

La valentía de Valeria del Mar Ramírez y de todas las personas que dieron su testimonio es un paso importante hacia la reparación histórica y el reconocimiento de las atrocidades cometidas contra la comunidad trans travesti. Recordamos el testimonio en carácter de experta dado por la activista, escritora y teórica trans Marlene Wayar durante el debate oral en el que señaló claramente que “las personas travestis y trans por las características de su cuerpo, que es evidencia de lo que entiende la sociedad como estigma de carácter moral-religioso, sea patología entendida de desde la médica psiquiátrica o desde la criminología entendida como criminal. El cuerpo travestis es la evidencia que sustenta esa disidencia. Comparable con lo que pasa con las personas racializadas, que no se pueden quitar sus rasgos. En los procesos históricos se ha ido dando una persecución permanente, pero específicamente (durante esta dictadura) podemos marcar una intensificación y una especificidad, para conseguir un modelo ciudadano obediente, nacionalista, enmarcado dentro del concepto de heterosexualidad obligatoria detro de una familia nuclear” 

Wayar como psicóloga social y doctora honoris causa por la universidad de Rosario y Mar del Plata, la dictadura vino a romper esos espacios comunitarios como clubes de fomento, centros barriales que si eran habitados por las personas trans y travestis en momentos previos a la ruptura democrática. En la dictadura “comienzan a ser estigmatizadas de una manera tal, y hay un pánico social impuesto, para provocar mayor segregación que va a acentuar el proceso de limitarlas a ciertos territorios específicos por donde era legítimo transitar, sino también determinados horarios, son los nocturnos, que fueron controlados por las fuerzas represivas”

“El Terrorismo de Estado fue garante de un modelo sexogenérico hegemónico”

Este juicio ha sido una prueba contundente de la persecución sufrida por las personas trans, travestis y otras diversidades sexuales y de género a manos de las fuerzas represivas durante la última dictadura militar en Argentina en el siglo XX. El fallo del tribunal, apoyado en la labor de la fiscalía, subraya que "esta violencia tiene como base la búsqueda, por parte de quienes llevaron adelante este plan sistemático de exterminio, de garantizar un determinado modelo de país con distintas aristas: económica, social, cultural y también sexogenérica". Se destaca el ensañamiento contra quienes se alejaban de la cisheteronormatividad, como las personas trans, travestis, gays y lesbianas.

En sus argumentos, el Tribunal verificó “de manera clara y contundente” que “el Terrorismo de Estado fue garante de un modelo sexogenérico hegemónico, en el cual los roles de mujeres (cis) y varones (cis) estaban asignados, respectivamente, a los ámbitos doméstico y público, en una cultura netamente patriarcal-occidental”, según se sostiene en el documento.

El Tribunal se apoyó en el concepto de “cisnormatividad” reconocido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que define la expectativa de que todas las personas son cisexuales o cisgénero, es decir, que quienes nacen asignados como masculinos siempre crecerán para ser hombres y quienes nacen asignados como femeninos siempre crecerán para ser mujeres. Al mismo tiempo, explicó que la “heteronormatividad” se refiere al “sesgo cultural a favor de las relaciones heterosexuales, consideradas ‘normales, naturales e ideales’, preferidas sobre relaciones del mismo sexo o género”.

El Tribunal también consideró demostrado que “las mujeres -cis y trans- sufrieron en mayor medida que los varones violaciones y abusos durante sus cautiverios, así como otras violencias específicas”.

La fiscal auxiliar del caso remarcó que es crucial que estos casos sigan abordándose, no solo en la provincia de Buenos Aires, sino en muchas otras partes del país. “Estos crímenes se seguirán investigando y juzgando. No incluir a las mujeres trans como parte del grupo de personas victimizadas por el terrorismo de Estado es negarles ese carácter y mantener una visión sesgada sobre lo ocurrido en nuestro país”, afirmó la abogada defensora de derechos humanos.

Fundamentos de los jueces

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 1 de La Plata, detallaron que los crímenes cometidos “configuran delitos de lesa humanidad, al igual que los demás delitos evaluados en este juicio, como la privación ilegal de la libertad, el sometimiento a tormentos, la reducción a la servidumbre y los homicidios”. Por lo tanto, estos delitos son imprescriptibles.

Además, se apoyaron en jurisprudencia internacional, entre otras, la sentencia “Vicky Hernández vs Honduras” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En este precedente, el Estado de Honduras fue declarado responsable por la vulneración del derecho a la vida de Vicky Hernández, una mujer trans, trabajadora sexual y defensora de derechos humanos de las personas trans. También se mencionó jurisprudencia nacional, como el fallo “Martel” de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, de mayo de 2022, que revocó una sentencia que excluía los delitos de violación y abuso deshonesto cometidos por responsables de delitos de lesa humanidad.

El Tribunal consideró de manera especial los testimonios de las sobrevivientes travestis y trans presentados durante el debate oral. "En diversos pasajes se ha señalado el constante hostigamiento y criminalización sufridos estructural e históricamente por las disidencias sexo-genéricas, que alcanzaron niveles de intensidad y sistematicidad mayores durante la época en que ocurrieron los hechos", explicaron los jueces.

Finalmente, Basílico, Venditti y Rodríguez Eggers reconocieron que el análisis de los delitos contra el colectivo trans en este juicio “evidenció una notoria discriminación que, hasta la fecha, no había sido cristalizada en el marco de un juicio oral por crímenes de lesa humanidad”. Además, subrayaron que estos crímenes “no son hechos aislados, sino que deben enmarcarse dentro de un contexto de discriminación histórica y estructural”.

La magnitud del "Juicio de las Brigadas"

El histórico "Juicio de las Brigadas" se extendió por más de tres años y medio y resultó en condenas a prisión perpetua para el exministro de Gobierno bonaerense Jaime Smart, cinco exmilitares y tres expolicías. Además, se impuso una pena de 25 años de prisión para otro exmilitar.

En este juicio se juzgaron los crímenes cometidos contra 605 víctimas en los centros clandestinos de detención que funcionaron en las brigadas de investigaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, ubicadas en las localidades de Banfield, Quilmes, Lanús y San Justo. Los dos primeros eran conocidos como los “pozos” de Banfield y Quilmes, y el tercero como “El Infierno”, en la jerga utilizada por los ejecutores del terrorismo de Estado.

El tribunal condenó a estos 11 imputados por desaparición forzada en los casos de personas que aún permanecen desaparecidas; por la sustracción, retención y ocultación de niños y niñas nacidos durante el cautiverio de sus madres y que aún no fueron localizados; y por las agravantes de desaparición forzada que resultaron en muerte, incluyendo casos de mujeres embarazadas y personas menores de 18 años. Entre estas últimas se encuentran varios estudiantes de secundaria, víctimas de uno de los episodios represivos más conocidos: "La Noche de los Lápices", retratado en un largometraje.

Cabe recordar que en este momento se vive un retroceso de las políticas públicas de derechos humanos en Argentina, a partir de la asunción del gobierno del presidente Javier Milei. Despidos, reducción de presupuesto y cierre de instituciones claves, tanto para la promoción y protección de los derechos del colectivo LGBTIQ, como los sitios de memoria de la última dictadura.