Denuncia no es igual a difamación, afirma abogada Andrea Medina
Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa
“Ninguna denuncia es un acto de difamación”, explicó a Cimacnoticias la abogada feminista Andrea Medina Rosas, a propósito de las demandas por “daño moral” que han recibido alumnas y profesoras por denunciar a académicos, trabajadores y compañeros dentro de sus recintos educativos.
El pasado 5 febrero de 2020, dos estudiantes de la maestría de promoción y defensa de los Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM), campus Del Valle, recibieron una notificación por parte de un Juzgado Cívico de la capital en la que se les avisaba que fueron demandadas por daño moral.
Quien las demandó resultó ser el mismo hombre al que ellas denunciaron un año atrás en la UACM por agresión, violencia y discriminación. “Con esto –narró en entrevista una de las estudiantes a Cimacnoticias– ante los ojos de las autoridades pasamos de ser víctimas a victimarias”.
La historia se remonta al 12 de abril de 2019, cuando las estudiantes y académicas organizadas denunciaron a su profesor (cuyo nombre no puede ser público para no afectar la investigación) ante el Consejo Universitario, la Abogada General, la Rectoría, el Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales, y ante el área de certificación de la UACM.
Tras esta denuncia, las estudiantes identificaron que la Universidad no tenía los mecanismos, las reformas ni los instrumentos legales para sancionar al profesor. Mientras las autoridades universitarias aprobaban los protocolos necesarios, el hostigamiento de parte del profesor contra las estudiantes escaló hasta el punto de solicitar protección policial de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para acudir a clases.
Ahora, como una nueva forma de amedrentarlas –observó la estudiante de la UACM–, su agresor recurrió a la vía legal y las demandó por daño moral. Luego de ser notificadas, las estudiantes, acompañadas legalmente por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la CDMX, respondieron con una contrademanda el pasado 22 de marzo.
Las estudiantes también denunciaron a la universidad por omisiones en la investigación del profesor y porque no les reconoció su condición de víctima ni les ofreció un abogado para defenderse. La demanda y la contrademanda están en curso, pero éste no es el único caso en el que los agresores demandan o pretenden demandar a las alumnas o profesoras que los denuncian.
Las alumnas que integran una colectiva feminista en la Escuela Nacional Preparatoria número 7 (que estuvo en paro durante un mes) dijeron a Cimacnoticias que tuvieron conocimiento de que algunos profesores acusados de acoso sexual se estaban organizado para presentar denuncias por daño moral contra quienes participaron en el paro.
Asimismo, durante una reunión que hubo en febrero pasado apropósito de las movilizaciones feministas dentro de las universidades en la que participaron estudiantes en paro, académicas y trabajadoras que las apoyan, Cimacnoticias constató que entre las participaciones se expresó más de una vez que sus agresores (a quienes denunciaron pública y formalmente) las estaban amenazando de denunciarlas por difamación o daño moral.
Denunciar a un agresor no es igual a difamar
El código civil de la Ciudad de México considera como daño moral la “afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás”. A la persona responsable de causarla se le obliga a repararlo mediante una indemnización en dinero.
Pero denunciar a un agresor de manera pública o formal (por ejemplo en el caso de las recientes protestas dentro de las universidades del país) no es en sí mismo un caso de daño moral, porque no implica una difamación, sino que se trata de señalar la responsabilidad de las autoridades de investigar las agresiones, explicó la abogada y defensora de los derechos de las mujeres, Andrea Medina Rosas, en entrevista con Cimacnoticiasa propósito del caso de las estudiantes de la UACM.
Medina Rosas –también litigante del caso Campo Algodonero, por feminicidio en Chihuahua– detalló que las denuncias que hacen las alumnas o profesoras contra maestros, trabajadores o estudiantes a través de tendederos, redes sociales o ante instancias administrativas, no deben ser vistas como un “daño moral” o una difamación, sino como una presión social a la autoridad para que investigue un hecho que se considera violatorio de derechos.
Por ello, en el caso concreto de demandas civiles por daño moral contra estudiantes o profesoras que participan en las movilizaciones estudiantiles, Medina dijo que las comisiones de atención a víctimas o las defensorías al interior de las universidades son quienes deben representarlas legalmente y reconocerles su condición de víctimas.
El daño moral ocurre cuando, sin que haya una intervención de una autoridad, se plantean cosas que son falsas o que no necesitan ser del espacio público y que afectan la reputación o el honor de una persona, pero el hecho de denunciar situaciones de violencia o de discriminación, y que pase el tiempo sin que la autoridad resuelva, no implica un daño moral, explicó la abogada
Y en caso de que lo hubiera, no sería responsabilidad de la víctima (en este caso estudiantes y profesoras), sino de la autoridad que no investigó adecuadamente y que es quien debe investigar y aclarar los hechos.
Medina Rosas criticó que se estén presentando denuncias por daño moral contras las estudiantes y profesoras en el contexto de los paros universitarios, ya que lo que se demuestra es que las autoridades administrativas no han querido investigar y ni han escuchado las denuncias que las mujeres presentaron antes.
“No es la víctima a la que se le tiene que recargar, es a la autoridad que ante una denuncia presentada no ha cumplido con su obligación de investigarla”, dijo.
Además –dijo la litigante– la exigencia de investigar una denuncia hecha por las alumnas para evitar que se les acuse de daño moral es aún mayor después de que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) reconoció en febrero pasado que la violencia contra las mujeres constituye un hecho grave.
“La UNAM ha estado pidiendo que se presente formalmente las denuncias (contra agresores) pero en una lógica jurídica, si algo se reconoce como una falta grave, es de interés para la autoridad investigar aún si no se cumplen ciertas formalidades, como las investigaciones de oficio, que no requieren denuncia y son para aquellas conductas que se consideran graves”, detalló.
Medina Rosas agregó “si la autoridad universitaria de la UNAM está reconociendo por un lado que la violencia de género es grave, pero al mismo tiempo dice ‘yo no voy a investigar de oficio sino que pido que la víctima venga formalmente a denunciar los hechos’, está en una contradicción”.
Por otra parte, expresó, las autoridades civiles que reciben estas demandas por daño moral contra las mujeres deben analizar el contexto, juzgar con perspectiva de género y esperar a que la autoridad universitaria resuelva al respecto o que inicie una investigación contra el agresor.
Publicado originalmente en CIMAC Noticias